Se trata de una de las proyecciones conformes más importantes. Como su propio nombre indica, proviene de un desarrollo cónico en el que se impone la condición de conformidad. Habitualmente el desarrollo es directo (el eje coincide con el eje de rotación del elipsoide), por lo que el cono será tangente (o secante) a un paralelo (o a dos paralelos) en el que la deformación es nula, por lo que se le llama automecoico. A medida que aumenta la distancia a los paralelos automecoicos, el módulo de deformación crece y es necesario controlar la latitud máxima y mínima de la zona a representar.
Andalucía ofrece unas características muy adecuadas para esta proyección ya que su territorio se extiende a lo largo de un paralelo y el rango de latitudes que abarca es bastante reducido (ver figura 4).
Es importante adoptar los parámetros (paralelos automecoicos, meridiano central, etc.) adecuados según el territorio que se esté proyectando. A continuación se recomiendan tres juegos de parámetros: para Andalucía; para el conjunto de Península Ibérica y Baleares, y para Europa.
o | Paralelo automecoico superior = 38° 18’ Norte = 38,30°. |
o | Paralelo automecoico inferior = 36° 27’ Norte = 36,45°. |
o | Paralelo central: 37° 21’ Norte = 37,35°. |
o | Meridiano central: 4° 30’ Oeste = -4,5°. |
o | Falso este: 500.000 metros. |
o | Falso norte: 300.000 metros. |
• | Península Ibérica y Baleares (parámetros utilizados en el Atlas Nacional de España para las escalas entre 1:1.000.000 y 1:13.500.000) |
o | Latitud del paralelo automecoico superior: 42° 50' Norte. |
o | Latitud del paralelo automecoico inferior: 37° 07' Norte. |
o | Latitud del paralelo origen: 40° Norte. |
o | Longitud del meridiano origen: 3° Oeste. |
• | Europa (ver documento Map Projections for Europe. Institute for Environment and Sustainability, 2001). |
o | Latitud del paralelo automecoico superior: 65° Norte. |
o | Latitud del paralelo automecoico inferior: 35° Norte. |
o | Latitud del paralelo origen: 52° Norte. |
o | Longitud del meridiano origen: 10° Este. |
o | Falso norte: 2.800.000 m |
En el punto 1 del Artículo 5º del RD 1071/2007, de 27 de julio, se establece que para cartografía terrestre, básica y derivada, a escala igual o menor de 1:500.000, se adopta el sistema de referencia de coordenadas ETRS-Cónica Conforme de Lambert.

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